La única forma de dividir un inmueble es mediante un proceso de sucesión, independientemente del tiempo transcurrido desde el fallecimiento de la persona que dejó los bienes.
Para que pueda efectuarse la división del inmueble entre los herederos, es necesario concluir el proceso de sucesión. Hasta que este procedimiento no finalice, no existe una división formal y ningún heredero tiene su parte determinada.
La ley establece un plazo de 60 días, contados desde la fecha de fallecimiento, para iniciar el trámite de sucesión.
Sin embargo, este plazo no impide la realización de la sucesión incluso después de varios años desde la fecha del fallecimiento.
Aunque existe un plazo legal, este tiene únicamente fines administrativos, como la imposición de sanciones y multas por los impuestos que deben pagarse, pero no prohíbe la realización de la sucesión en cualquier momento.
En caso de que se exceda este plazo, será necesario pagar una multa.
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